Debido a la alta contaminación registrada en la capital, el Ayuntamiento de Madrid activará mañana miércoles el escenario 2 del protocolo anticontaminación, que implica la prohibición de aparcar en las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los no residentes.
Además, se mantendrá la limitación a 70 km/h como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos dentro de la M-40, en ambos sentidos. La activación del escenario 2 se pondrá en marcha desde las 6 horas de la mañana.
Con respecto al uso del estacionamiento regulado, los no residentes no podrán aparcar en la zona SER en el horario de este servicio, es decir, de 9 a 21 horas. Durante todo el día de mañana, las aplicaciones y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar y no se expenderán tiques.
El Ayuntamiento de Madrid recomienda el uso del transporte público y, para aquellas personas que necesiten desplazarse en vehículo privado, el uso compartido de dichos vehículos.
¿Cuántos escenarios hay?
Escenario 1 (Un día con superación del nivel de preaviso)
Actuaciones:
- Medidas Informativas
- Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M-30 y accesos
- Medidas de Promoción del Transporte Público
Escenario 2 (Dos días consecutivos con superación del nivel de preaviso ó 1 día con superación del nivel de aviso)
Actuaciones:
- Medidas Informativas
- Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M-30 y accesos
- Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) en el interior de la M-30
- Medidas de Promoción del Transporte Público
Escenario 3 (Dos días consecutivos con superación del nivel de aviso)
Actuaciones:
- Medidas Informativas
- Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M-30 y accesos
- Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER en el interior de la M-30
- Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) del 50% de todos los vehículos: los días pares podrán circular los vehículos con matrículas par, mientras que los días impares sólo podrán circular los coches con matrícula impar
- Medidas de Promoción del Transporte Público
- Se recomienda la no circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y
- Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30), pudiendo estos vehículos estacionar en las plazas azules del SER, además de en sus paradas habituales, a la espera de viajeros.
Escenario 4 (Tres días consecutivos de nivel de aviso o 1 día de nivel de alerta)
Actuaciones:
- Medidas Informativas
- Reducción de la velocidad a 70 km/h en la M-30 y accesos
- Prohibición del estacionamiento de vehículos en las plazas y horario del SER en el interior de la M-30
- Restricción de la circulación en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) del 50% de todos los vehículos, que se seleccionarán en función de las matrículas pares o impares de los coches
- Restricción de la circulación por la M-30 del 50% de todos los vehículos
- Restricción de la circulación de taxis libres, excepto Ecotaxis y Eurotaxis, en el interior de la almendra central (área interior de la M-30)
- Medidas de Promoción del Transporte Público
¿Qué vehículos pueden aparcar en la zona SER cuando hay restricciones?
- Titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas.
- Los titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.
- Los vehículos que no sean de combustión interna.
- Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc.).
- Los autotaxi que estén en servicio y su conductor esté presente, y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
- Los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
- Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía).
- Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual
¿Las motos pueden aparcar y circular?
Sí, pueden aparcar y circular como cualquier otro día. No les afectan las restricciones del Protocolo
¿Los residentes de una zona SER pueden aparcar en otra zona SER que no sea la suya? ¿Si no encuentro sitio en zona verde puedo aparcar en la azul?
No, las normas de aparcamiento para residentes no se ven modificadas por la aplicación del Protocolo, así que sólo pueden aparcar donde les corresponda.
¿Pueden circular o aparcar los vehículos de asistencia sanitaria de profesionales autónomos ( por ejemplo, fisioterapeutas a domicilio)?
Pueden estacionar en el SER si tienen autorización expedida por el Ayuntamiento para vehículo comercial o industrial, que es una autorización que se expide a ese tipo de vehículos y que les permite estacionar todo el año con tarifa plana, pudiéndose acoger a una tarifa más reducida de 5 horas al día, o a otra de 8 horas si necesita un horario extendido.
Respecto a circular, lo pueden hacer los vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, llevando documento acreditativo de su función.