Qué patrocinios no puede llevar la camiseta de un club de Rivas, y quién responde si aparecen

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Foto: Michelle Myers (Unsplash)
Foto: Michelle Myers (Unsplash)

La prohibición está detallada apartado por apartado

El artículo 12 del Real Decreto 958/2020, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, fija en cinco apartados qué puede y qué no puede patrocinar un operador de juego en el deporte. Dos de ellos alcanzan a lo que un club de Rivas puede imprimir en la camiseta de su primer equipo. El quinto no prohíbe: somete el patrocinio difundido en estadios y recintos deportivos a las limitaciones horarias del decreto para los servicios audiovisuales. El sector invirtió 257,2 millones de euros en publicidad y patrocinio en 2025, un 22,5% más interanual, según publicó el 9 de septiembre de 2026 el medio especializado 2Playbook.

Antes de ese decreto ya existía otro veto, el del tabaco. Lo impone el artículo 9.1 de la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, que prohíbe el patrocinio de los productos del tabaco, «así como toda clase de publicidad, y promoción de los citados productos en todos los medios y soportes». Sus excepciones son tres y están tasadas, entre ellas la promoción dentro de las expendedurías de tabaco y timbre del Estado, que la ley somete a condiciones.

Lo que no puede ir impreso en la camiseta

Dos apartados se ven desde la grada. La camiseta queda fuera sin matices: el cuarto, el más breve, dice que «No será admisible el patrocinio en camisetas o equipaciones deportivas», sin distinguir categoría ni competición. El tercero se ocupa del nombre. Prohíbe usar el nombre, la marca o la denominación comercial de un operador para identificar una instalación deportiva, y también añadirlo o sustituirlo en el de un equipo o una competición.

Ese doble veto recae sobre el soporte y sobre el rótulo, no sobre el canal propio del operador. Allí, y solo dentro de las condiciones y límites que fija el título habilitante, sí se admite su comunicación comercial. Sobre los partidos de cada jornada de liga se apuesta en la sección apuestas futbol de ese canal con licencia. Para un club de barrio, la consecuencia práctica es clara: ese patrocinio no puede acabar en la camiseta.

A quién alcanza el decreto

El artículo 2 del decreto determina a quién se aplica. Quedan sujetas las entidades que desarrollan una actividad de juego comprendida en la Ley 13/2011, de regulación del juego y, en cuanto al Título I, quienes difunden esas comunicaciones comerciales o participan en fases intermedias. El club patrocinado no figura expresamente en esa lista, y su eventual responsabilidad dependerá de su intervención concreta. El artículo 40 de esa ley califica de infracción grave promocionar, patrocinar o publicitar los juegos sin título habilitante. Y no responde solo quien lo hace: el artículo 38 considera sujetos infractores también a quienes le den soporte, lo publiciten, lo promocionen u obtengan beneficio de ello.

Lo que sigue en vigor

La Sentencia de 2 de abril de 2024 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de la Asociación Española de Juego Digital contra el Real Decreto 958/2020, anuló los apartados 1 y 3 del artículo 13, el artículo 15, el 23.1, el 25.3 y dos apartados del 26, y desestimó el resto. El artículo 12 no figura ahí. Las reglas de patrocinio son por tanto las mismas desde que el decreto entró en vigor, y el propio texto fijó un plazo para los contratos de patrocinio ya firmados: debían adaptarse antes del 31 de agosto de 2021.

Los dos primeros apartados miran al destinatario de la actividad. El primero impide utilizar la imagen de marca, el nombre comercial o los mensajes promocionales del patrocinador en eventos, bienes o servicios diseñados para menores o destinados principalmente a ellos. El segundo tampoco admite el patrocinio de actividades, acontecimientos o retransmisiones dirigidos específicamente a menores o restringidos en exclusiva a ellos. Esa protección de los menores es una salvaguarda; otra es la autoprohibición que regula la Ley 13/2011. Quien la solicita queda excluido de los juegos en que es necesaria la identificación, derecho que el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego existe para hacer efectivo.

Cómo se paga el deporte de Rivas

En Rivas, el Ayuntamiento destinó 273.000 euros a la actuación que renovó el césped del campo del Cerro del Telégrafo y mejoró otros elementos de la instalación, disponible desde el 14 de agosto, según publicó Rivas Actual. Las fechas se pactaron con los clubes usuarios, el Atlético Rivas Rugby y Osos de Rivas, y con los de atletismo y triatlón. Sobre el césped nuevo están marcadas cuatro modalidades: rugby, fútbol americano, fútbol 11 y fútbol 7. Cuando uno de esos clubes negocia un patrocinio, el apartado que primero le afecta no es el de la camiseta del primer equipo, sino el que atiende a quién va dirigida la actividad.