
La sentencia avala la decisión del Pleno municipal, en 2022, por la que se negaba la licencia de construcción en régimen de simultaneidad. El Juzgado número 1 de lo Contencioso – Administrativo de Madrid señala que la falta de ejecución de obras como las de la red general de evacuación de aguas pluviales, los colectores generales de la red de saneamiento y parte de los viales y zonas verdes obligatorias «supone un riesgo para la seguridad de las personas».
El Juzgado número 1 de lo Contencioso – Administrativo de Madrid ha dictado una sentencia, según ha dado a conocer el Ayuntamiento de Rivas, en la que desestima un recurso de la constructora Jarama Inmobiliaria y da la razón a la Corporación municipal, en relacion con la negativa para otorgar la licencia de construcción para 84 viviendas unifamiliares en la zona del Cristo de Rivas.
La sentencia, siempre según el Ayuntamiento, «es contundente y ampara en todo momento las decisiones tomadas por el Ayuntamiento de Rivas en este proceso». El recurso de Jarama Inmobiliaria pretendía obtener la licencia de construcción para una urbanización consistente en 84 viviendas unifamiliares con garaje, trastero y piscina, ubicada en la zona del Cristo de Rivas.
La licencia fue denegada en su día argumentando el Ayuntamiento la falta de realización de obras de urbanización de la zona, a cargo de la inmobiliaria. Estas obras, que legalmente deben ser llevadas a cabo por la Junta de Compensación de la zona (en este caso, la denominada Sector SUS PP B Cristo de Rivas, de la que forma parte Jarama Inmobiliaria), no se habían llevado a cabo y la Corporación municipal señalaba que su realización era imprescindible antes de comenzar las obras de consrucción de las viviendas.
La inmobliaria, por su parte, argumentaba que era posible conceder la licencia de construcción y que las obras señaladas podrían hacerse al mismo tiempo. No hubo acuerdo al respecto, y la sentencia del juzgado madrileño da la razón en ello al Ayuntamiento.
Un «riesgo para la seguridad de las personas»
Las obras a realizar se centran en la construcción de la red general de evacuación de aguas pluviales (tanque de tormentas y colectores exteriores) los colectores generales de la red de saneamiento, así como parte de los viales y zonas verdes obligatorias.
El juzgado considera que «La falta de dichas infraestructuras supone un riesgo para la seguridad de las personas» y señala a la Junta de C-ompensación del Sector como responsable de ejecutar las mismas.
La sentencia aclara que el Ayuntamiento es competente a la hora de autorizar la compatibilidad de las obras de edificación con las de urbanización y, en este sentido, señala también que la decisión del pleno municipal del 15 de diciembre de 2022 de no conceder licencias en régimen de simultaneidad, «se encuentra justificada y es ajustada a derecho».
Advertencia a la constructora
El Gobierno municipal ha señalado en una nota de prensa que la sentencia «viene a ratificar la política urbanística del Ayuntamiento de Rivas» y ha asegurado que «no se trata de impedir la construcción de nueva vivienda en la ciudad, sino de garantizar que ésta se lleva a cabo con los servicios básicos que necesitarán las personas que adquieran las viviendas en un futuro».
El Gobierno local cosiera que la sentencia «es contundente y ampara en todo momento las decisiones tomadas por el Ayuntamiento de Rivas en este proceso». En ese sentido, advierte a la constructora que los terrenos donde pretende edificar «no están considerados como suelo urbano, toda vez que, tras más de 14 años desde el inicio de las obras del sector, aún están sin ejecutar las obras» anteriormente mencionadas.































